

Una decisión reciente del Consejo de Estado ordenó a Colpensiones reincorporar a la mujer a su lista de pensionados, luego de que la revocara por acusaciones de una estafa de convivencia, sustentada mayoritariamente en mensajes de WhatsApp cuya veracidad nunca pudieron comprobar.
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Según sentencia 4967-2023, el tribunal falló a favor de la mujer, a quien le quitó injustamente su pensión familiar, lo que la llevó a llevar su caso a los tribunales.
Todo comenzó cuando la administradora reconoció inicialmente el beneficio tras el fallecimiento de su pareja permanente. Sin embargo, cuando realizaron una investigación no encontraron pruebas suficientes ni la convivencia que exige la ley para ser parte de la misma. este beneficio y consideró que algunos de ellos fueron obtenidos de manera fraudulenta, por lo que suspendieron el pago de los beneficios.
Estos mensajes nunca han sido verificados. foto:iStock
Como esta decisión fue ejecutada injustamente, el caso llegó ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual anuló el acta de reconocimiento del P.y ordenó la devolución del dinero recibido.
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Aunque la respuesta no fue la que esperaba, no se rindió y apeló la decisión, que revisó Subsección B de la sección segunda del Consejo de Estado.
De esta forma le restituyeron el derecho a una pensión familiar.
El panel se encargó de estudiar toda la evidencia del expediente, y allí se dio cuenta de que las declaraciones y Las pruebas establecieron una convivencia prolongada de casi 28 años, incluso hasta la muerte del fallecido.
El Consejo de Estado fue el encargado de verificar todas las pruebas. foto:iStock
Además, señalaron que la decisión de cancelar la tarifa se basó principalmente en mensajes de WhatsApp, que no confirmaron su autenticidad ni la identificación del interlocutor.
Para el máximo tribunal, estos elementos no cumplían con los estándares requeridos de valoración probatoria, por lo que no estaban pruebas suficientes que demuestren la conducta fraudulenta atribuida al usuario.
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Por lo que concluyeron que la mujer cumplía con todos los requisitos legales para acceder a la pensión familiar. Así revocó el Consejo de Estado la sentencia tribunal de primera instancia y ordenó el reintegro de Colpensiones a la nómina.
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