Cada diciembre en Colombia, miles de jubilados esperan con ansias lo que popularmente se conoce como “asignación extra navideña” o Asignación 13, un pago adicional equivalente a una pensión mensual, establecido por la Ley 100 de 1993, y que generalmente se paga en la primera quincena de diciembre.
Sin embargo, este año una parte de los jubilados quedarán sin ese beneficio. Colpensiones, en comunicación del 21 de noviembre de 2025, aclaró que determinadas pensiones no dan derecho a la Asignación 13.
¿Quiénes quedarán excluidos?
- Quienes sólo recibieron devolución de aportes: Personas que alguna vez cotizaron, pero no alcanzaron el mínimo de semanas requerido ni la edad de jubilación, y por lo tanto nunca obtuvieron una pensión reconocida. En estos casos se devuelven los aportes acumulados, pero no constituyen pensión, por lo que no dan derecho a la Asignación 13.
- Beneficiarios de ciertos programas especiales (tales como compensaciones sustitutivas o modalidades distintas a la pensión formal): estos no se consideran pensionados en los términos de la Ley, y por tanto, quedan excluidos del pago adicional.
La entidad enfatizó que esta exclusión no es resultado de una nueva decisión o reforma: es simplemente la aplicación de la normativa vigente.
¿Qué dice la ley y cuándo se paga?
Según la Ley 100 de 1993, los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia tienen derecho a la Asignación 13, la cual deberá ser depositada a más tardar en la primera quincena de diciembre.
El pago debe ser automático, no se requiere ninguna solicitud adicional. Si la persona cumple con los requisitos y tiene una pensión activa, la prima de fin de año debería llegar junto con la asignación regular de noviembre.
¿Por qué causa controversia o preocupación?
- Muchos jubilados —y sus familias— asumen que el aguinaldo se otorga universalmente, lo que genera la expectativa de ingresos adicionales en diciembre. La exclusión de determinados beneficiarios provoca desánimo, ya que el importe podría ser imprescindible para gastos navideños o necesidades básicas.
- La confusión surge porque jurídicamente la “pensión reconocida” es la condición clave. Si alguien contribuyó pero no completó las semanas, aunque recibió un reembolso de las contribuciones, no es un pensionado en el sentido formal y, por lo tanto, no tiene derecho a la prima.
- Por tanto, depende mucho del historial laboral y cotizativo de cada persona: la protección social no es uniforme.
Lo que Colpensiones recomienda hacer
- Verifique si la pensión que está recibiendo es una pensión formal -vejez, invalidez o sobrevivencia- y no una compensación sustitutiva o devolución de aportes.
- Confirma que tus datos bancarios y personales estén actualizados para que la transferencia sea automática.
- Consulta directamente con Colpensiones o la oficina responsable si tienes dudas sobre si tienes derecho al pago extra.
Conclusión
Si bien la Asignación 13 sigue vigente como derecho para los pensionados formales en Colombia, no es un beneficio universal. La ley y su aplicación marcan la diferencia; por eso, este diciembre, algunos jubilados no recibirán subsidio adicional. En un contexto de altos costos de vida y necesidades adicionales en diciembre, la aclaración de Colpensiones es clave para evitar falsas expectativas.





