En Colombia, existe una ley que protege a todos los trabajadores que forman parte del sistema formal. Este marco legal establece un estilo de vida que debe recibirse durante un periodo determinado, dependiendo de si la persona es hombre o mujer. Asegurarse de conocer estos detalles es fundamental para cada trabajador colombiano.
Además, es esencial que se cumplan ciertas condiciones para acceder a este beneficio, como un número específico de semanas cotizadas y su vinculación con un fondo de ahorro. Cada trabajador ha de estar informado sobre los requisitos para evitar sorpresas al momento de iniciar el proceso de pensión.
En Colombia, el régimen de pensiones se encuentra regulado por la Ley 100 desde 1993, lo que ha permitido establecer un marco claro para los ciudadanos. No obstante, es importante señalar que el proceso para acceder a la pensión puede variar considerablemente dependiendo de si se opta por un fondo público o privado. Esta elección puede tener un impacto directo en la rapidez y facilidad de acceso a la pensión que cada individuo podrá recibir.
En el contexto de las edades de, 57 años para mujeres y 62 años para hombres, conviene ser claro en cuanto a las condiciones de acceso a la pensión anticipada. Para gestionar este proceso, es fundamental ser parte de uno de los cuatro fondos privados que se encuentran habilitados para esto.
Estos son fondos privados autorizados. Foto:Tiempo
Esto significa que, si usted está vinculado con los fondos de Porvenir, Colfondos, Skandia o Protectores, tiene la posibilidad de retirarse anticipadamente sin tener que esperar los años establecidos por las normativas.
¿Cuál es la condición que debe cumplirse?
Es importante señalar que solamente aquellos que cotizan dentro de un modelo privado poseen la opción de acceder a su pensión de manera anticipada, es decir, cuando han alcanzado un mínimo de 1,150 semanas de cotización. Por otro lado, aquellos que están en un fondo público deben haber completado 1,300 semanas y cumplir con la edad establecida por el gobierno.
¿En qué casos la persona del sistema público no puede acceder a una pensión anticipada?
De acuerdo a lo señalado por los expertos, existe una excepción a las normas generales, pero esto debe ser probado y confirmado. Esta posibilidad se habilita solo en circunstancias relacionadas con pensiones por discapacidad o para aquellos que están en la etapa de jubilación anticipadamente.
Dicha normativa aplica a aquellos que han podido demostrar una pérdida de su capacidad laboral del 50% o más, ya sea por enfermedades físicas, psíquicas o sensoriales. Debido a esto, es necesario que estas personas cuenten con más de 1,000 semanas de cotización.
Algunas profesiones pueden tener regímenes o beneficios especiales en el sistema de pensiones. Foto:Izock
Requisitos económicos para el acceso a la jubilación anticipada
Según Diana Milena Vargas, abogada asociada del grupo de asociación que lidera BBVA, la persona interesada en mejorar su pensión en este año debe acumular en su cuenta un monto equivalente a aproximadamente 330 salarios mínimos mensuales. Si se desea lograr esta meta, se recomienda iniciar las cotizaciones lo antes posible, ya que cuanto más pronto se realicen las aportaciones a sus ahorros, mejor será el resultado a largo plazo.
Otro consejo valioso es realizar contribuciones adicionales. El artículo anterior enfatiza que realizar aportes voluntarios, que representan un monto superior al mínimo requerido, es un mecanismo efectivo para aumentar la cantidad ahorrada previamente y, por ende, mejorar la pensión o la tabla futura.
Reservar más dinero y contribuir a su jubilación puede ser un gran beneficio en el futuro. Foto:Izock
“Para lograr una pensión anticipada a los 50 años, es fundamental que se coticen al menos seis salarios mínimos mensuales”, menciona el abogado, indicando que esta alternativa puede no ser viable para todos. Es por eso que cada trabajador debe informarse y planificar su jubilación adecuadamente.
Mariana Sierra Escobar
Equipo de rango digital
Tiempo
Reforma de pensiones en Colombia: ¿Quién tiene derecho a un régimen de transición?
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