En Colombia, es bastante común que los trabajadores acumulen días de vacaciones. Las diferentes empresas cuentan con políticas variadas para gestionar este tema, analizando la solicitud de cada empleado de manera individual según las circunstancias de cada caso. Sin embargo, es esencial que los trabajadores tengan en cuenta que existe el riesgo de perder las vacaciones acumuladas.
La legislación laboral vigente establece claramente que «el descanso es un derecho innegociable». Este derecho está profundamente enraizado en la Constitución, y solamente podrá ser compensado monetariamente si así lo solicita el empleado, siendo el legislador quien ha estipulado la necesidad esencial de garantizar el tiempo de vacaciones.
Los trabajadores en Colombia tienen derecho a 15 días de vacaciones al año. Foto:Izock
Es fundamental mencionar que cada empleado tiene derecho a un total de 15 días de vacaciones por cada año de trabajo. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo ha estipulado que el empleador está obligado a otorgar al menos seis días continuos de vacaciones, de acuerdo con el Artículo 190 del Código Sustantivo del Trabajo, en lo que respecta al derecho al descanso acumulado.
Conforme a la legislación actual, si un empleador otorga menos de seis días continuos de descanso, sin cumplir con un periodo mínimo que sea estipulado por la ley, se estaría vulnerando el propósito primordial de las vacaciones, que es permitir la recuperación del trabajador tras el desempeño de sus labores. En este contexto, no se puede permitir que un trabajador disfrute de solo un día de vacaciones.
El derecho a vacaciones es un derecho constitucional fundamental. Foto:Izock
Si en algún momento un empleado solicita un día de permiso, la legislación establece que la aprobación de dicho permiso queda a discreción del empleador. Esta decisión dependerá de los contratos acordados entre ambas partes, así como de lo que se determine en las normativas de trabajo internas, salvo que exista un convenio colectivo que ordene su compensación.
El Ministerio de Trabajo aclara que los empleadores no pueden negar permisos solicitados por los empleados respecto a sus vacaciones, ya que esto no solo infringe las normativas sobre vacaciones, sino que también afecta los derechos de los trabajadores.
¿Es posible perder los días de vacaciones acumuladas?
A pesar de que el Artículo 190 del Código Sustantivo del Trabajo permite a los trabajadores acumular días de vacaciones, la acumulación no puede ser indefinida. Es importante que los empleados no pierdan de vista que existen límites temporales, y si no se respetan, podrían enfrentar la pérdida de días de descanso.
En la actualidad, los trabajadores pueden acumular su descanso hasta un máximo de dos períodos anuales consecutivos. Esto implica que el tiempo de descanso acumulado debe ser utilizado, preferiblemente dentro de los dos años siguientes a su acumulación.
Este concepto ha sido respaldado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), haciendo referencia a la Ley de Regulación 1045 de 1978. Según esta ley, si no se utilizan los días de vacaciones dentro del plazo establecido, los días acumulados podrían prescribir, es decir, perder su vigencia, privando a los trabajadores de su derecho a disfrutarlos.
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