El crecimiento de las billeteras virtuales en Colombia ha provocado una transformación notable en la manera en que los ciudadanos acceden a los servicios financieros, facilitando la posibilidad de obtener préstamos de forma rápida y ágil. Sin embargo, esta aparente facilidad también implica responsabilidades legales y financieras que los usuarios deben considerar con seriedad.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 1735 de 2014, las billeteras virtuales operan como empresas especializadas en la realización de depósitos y pagos electrónicos. Los contratos de préstamo ofrecidos por estas plataformas incluyen cláusulas que son similares a las de las entidades financieras tradicionales, aunque la manera de aceptación puede diferir debido a la naturaleza digital de la transacción. Uno de los términos más relevantes se refiere a la declaración del préstamo como vencido en caso de incumplimiento del prestatario, lo que permite que el prestamista considere la obligación como ejecutable, incluso si la fecha de pago previamente acordada aún no ha llegado.
La falta de pago de un préstamo adquirido a través de una billetera virtual inicia una serie de consecuencias que tienen un impacto inmediato en la situación financiera del prestatario. Entre estas consecuencias, se destaca la generación de intereses moratorios, los cuales se calculan sobre un saldo que va en constante aumento, aplicándose así una tasa de interés más alta sobre el monto debido. Además, el prestatario puede ser reportado en organismos de riesgo como DataCredit o Transstrey, lo que restringe su acceso a futuros préstamos o líneas de crédito.
En situaciones de incumplimiento persistente, los prestamistas tienen la opción de iniciar procedimientos judiciales para recuperar los montos adeudados. Uno de los mecanismos más eficaces para este tipo de situación es la acción ejecutiva. Este proceso legal permite al prestamista buscar la recuperación del dinero que se le debe y, en ocasiones, un juez puede ordenar el embargo de salarios, cuentas bancarias o incluso bienes del deudor si se considera necesario.
La afectación del crédito en Colombia aumentó a 51.2% con la nueva metodología de medición.
Foto:Izock
Otras consecuencias
Además de las penalizaciones mencionadas, se generan intereses predeterminados que se calculan para el siguiente pago y también se aplica una mayor tasa de interés sobre el monto de interés de rendimiento acordado inicialmente.
Asimismo, el reporte en listas de riesgo impacta de manera significativa la capacidad del deudor para acceder a futuros préstamos, tarjetas de crédito, financiamiento de vivienda e incluso servicios como planes de teléfonos móviles.
Los procesos de cobranza pueden activarse a través de diferentes canales oficiales, y si no se llega a un acuerdo, pueden iniciar procesos judiciales que podrían llevar al prestatario a enfrentarse a sanciones legales según las normativas colombianas.
Las billeteras digitales han ampliado el acceso al préstamo.
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Para evitar enfrentar sanciones severas, es fundamental que los prestatarios intenten pagar sus deudas lo más pronto posible, y si no cuentan con los recursos necesarios, deberían considerar alternativas como negociaciones o mediaciones en instancias estatales.
Es vital actuar de manera proactiva y no esperar a que la situación financiera se agrave, ya que el incumplimiento puede llevar al embargo de bienes, dado que las deudas se informan a las entidades de riesgo. Por esta razón, los expertos sugieren mantener una comunicación abierta desde el primer momento y, en caso de que no se efectúe el pago, buscar opciones de negociación.
En caso de que se vea atrapado en un proceso de embargo, se puede solicitar un punto de equilibrio para que el embargo sea proporcional a la deuda, y en última instancia, evaluar la opción de declararse en bancarrota.